Para presentar su solicitud de admisión de alumnos en nuestro centro, puede realizarlo de dos formas:
PRESENCIALMENTE:
Ante la posible falta de conocimientos suficientes, o sí tienen dificultades técnicas para realizarlo telemáticamente, se podrá:
En cualquiera de los dos casos utilizados, la solicitud deberá ir acompañada de aquella documentación que desee ser valorada durante el proceso de admisión (en caso de no aceptar la consulta de datos en la solicitud).
TELEMÁTICAMENTE:
Ésta será la manera preferente para realizar las solicitudes de admisión a un centro sostenido con fondos públicos. La presentación de las solicitudes se realizará por medios telemáticos, para lo cual la Consejería ha habilitado las siguientes posibilidades:
Para realizar la solicitud de esta manera, debe acceder a la Secretaría Virtual de la Comunidad de Madrid.
En el siguiente enlace encontrarán varios manuales que pueden resultar de ayuda a las familias tanto para acceder a la Secretaria Virtual como para cumplimentar las solicitudes de admisión por vía Telemática: Ayuda para presentar la solicitud por vía telemática.se
Las solicitudes para el alumnado con dictamen de Necesidades Educativas Especiales deberán ser entregadas ÚNICAMENTE en el Servicio de Apoyo a la Escolarización Específico de la C/ Vitruvio, 2 (5ª planta), junto con la documentación correspondiente.
Toda la documentación que se adjunte debe ser perfectamente legible.
En aplicación del artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Comunidad de Madrid consultará por medios electrónicos la información proporcionada en la solicitud de admisión excepto si expresamente se opone a la consulta, pero si se aporta junto con la solicitud toda la documentación, la adjudicación de puntos se agiliza, no teniendo que esperar a que sea la Consejería de Educación quien la asigne.
La Comunidad de Madrid nos facilita los siguientes tutoriales para la realización de todo el proceso de Admisión de forma telemática:
A lo largo del proceso de admisión se podrá acceder a través de la Secretaría Virtual o, en caso de imposibilidad de acceso a la misma, mediante consulta personal en la Secretaría del centro, a la siguiente información en las fechas que aparecen recogidas en el Calendario de actuaciones para el proceso ordinario de admisión de alumnos para el curso 2022-2023:
DECRETO 29/2013, de 11 de abril, del Consejo de Gobierno, de libertad de elección de centro escolar en la Comunidad de Madrid.
DECRETO 11/2019, de 5 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 29/2013, de 11 de abril, de Libertad de Elección de Centro Escolar en la Comunidad de Madrid.
DECRETO 244/2021, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 29/2013, de 11 de abril, de libertad de elección de centro escolar en la Comunidad de Madrid y se actualizan los criterios de admisión y su ponderación.
ORDEN 1240/2013, de 17 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la se establece el procedimiento para la admisión de alumnos en centros docentes sostenidos con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad de Madrid.
ORDEN 1534/2019, de 17 de mayo, del Consejero de Educación e Investigación, por la que se modifica la Orden 1240/2013, de 17 de abril, que establece el procedimiento para la admisión de alumnos en centros docentes sostenidos con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad de Madrid.
ORDEN 592/2022, de 18 de marzo, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, por la que se modifica la Orden 1240/2013, de 17 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establece el procedimiento para la admisión de alumnos en centros docentes sostenidos con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad de Madrid, y se actualiza el procedimiento para la justificación y baremación de los criterios de admisión.
RESOLUCIÓN de 31 de julio de 2013, de la Dirección General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza, por la que se establecen las instrucciones a seguir para la incorporación de alumnos a la sección bilingüe de institutos bilingües.
Resolución Conjunta de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa, de 9 de diciembre de 2021, por la que se dictan Instrucciones para realizar las actuaciones previas al proceso de admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos para el curso 2022/2023.
Resolución Conjunta de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa, de 25 de marzo de 2022, por la que se dictan Instrucciones sobre la participación en el proceso de admisión de alumnos en centros docente sostenidos con fondos públicos que imparten segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad de Madrid para el curso 2022/2023.
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